Procedimiento para la suspensión temporal de contratos de trabajo.

Podrán realizar este trámite las empresas que cumplan con alguno de los siguientes dos escenarios:

 

  1. – Reducción de hasta un 50% de la jornada laboral y salarial a las empresas que justifiquen una reducción de ingresos de hasta un 20%.
  2. – Reducción de hasta un 75% de la jornada laboral y salarial a las empresas que justifiquen una reducción de ingresos de hasta un 60%.

Esta solicitud debe ir correctamente justificada por la Certificación de Reducción de Ingresos emitida por un contador autorizado, misma se realizará de la siguiente manera:

  1. – Comparación de ingresos versus el mismo periodo del año anterior.
  2. – Las empresas que tengan menos de un año realizarían el estudio con base en los últimos 3 meses.
  3. – Empresas en condición pero sin los requisitos podrán hacer solicitud para ser evaluadas.

Restricciones:

  • La reducción de la jornada laboral y salarial no aplica a trabajadoras embarazadas o en periodos de lactancia
  • La reducción solo procederá cuando se establezca para al meno el 90% del personal de la empresa.